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Reposición de la nueva cruz de los caídos en Porcuna (Jaén) el pasado 29.10.2012 |
Ni olvidamos, ni nos quedaremos con los brazos cruzados
En la tarde-noche de ayer, con premeditación, nocturnidad y alevosía fue retirada del monumento apologético del franquismo la vieja cruz, y sustituida por una nueva. El martiologio fascista, que incumple tácitamente la llamada Ley de Memoria Histórica, es considerada por nosotros como una ofensa a los valores de una sociedad democrática y un insulto a todas las víctimas que provocó el franquismo durante y después de la guerra (1936-1976). En suma, entendemos la sustitución de la cruz como una provocación de los herederos de la dictadura y la Iglesia, que lejos de coadyuvar a la llamada "reconciliación" y al "cierre de las heridas", están provocando nuevos resentimientos en unos momentos especialmente sensibles donde hasta la propia democracia está siendo cuestionada.
No podemos, no queremos y no debemos permitir que en un espacio público, de convivencia ciudadana, albergue expresiones contrarias a los valores de una sociedad democrática.
Por ello, en aplicación de la Ley o del sentido común, exigimos a las Administraciones Públicas que tomen las medidas oportunas para la retirada total del "monumento" erigido durante la dictadura, como así aprobó el Pleno Municipal del Ayuntamiento de Porcuna en la sesión de 24 de abril de 2001. A su vez, instamos a que se construya un símbolo que represente a todas las víctimas de la guerra y de la dictadura, con especial mención a los ciudadan@s de Porcuna.
Fotografía: Abside lateral de la Iglesia Parroquial de Porcuna (Siglos XIX-XX). Plaza de Andalucía. Porcuna, Jaén. Todos los Nombres de Porcuna (Jaén). 30.10.12
Si tienes opinión, apúntate a:
"Por la desaparición de la simbología franquista en Porcuna"
NOTAS:
LA RENOVADA CRUZ DE LOS CAÍDOS DE PORCUNA INCUMPLE TÁCITAMENTE LA LLAMADA LEY DE MEMORIA HISTÓRICA.
¡Cumplase pués la retirada de la misma!!!
Artículo 15. Símbolos y monumentos públicos.
1. Las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura. Entre estas medidas podrá incluirse la retirada de subvenciones o ayudas públicas.
2. Lo previsto en el apartado anterior no será de aplicación cuando las menciones sean de estricto recuerdo privado, sin exaltación de los enfrentados, o cuando concurran razones artísticas, arquitectónicas o artístico-religiosas protegidas por la ley.
3. El Gobierno colaborará con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales en la elaboración de un catálogo de vestigios relativos a la Guerra Civil y la Dictadura a los efectos previstos en el apartado anterior.
4. Las Administraciones públicas podrán retirar subvenciones o ayudas a los propietarios privados que no actúen del modo previsto en el apartado 1 de este artículo.
Artículo 15. Símbolos y monumentos públicos.
1. Las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura. Entre estas medidas podrá incluirse la retirada de subvenciones o ayudas públicas.
2. Lo previsto en el apartado anterior no será de aplicación cuando las menciones sean de estricto recuerdo privado, sin exaltación de los enfrentados, o cuando concurran razones artísticas, arquitectónicas o artístico-religiosas protegidas por la ley.
3. El Gobierno colaborará con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales en la elaboración de un catálogo de vestigios relativos a la Guerra Civil y la Dictadura a los efectos previstos en el apartado anterior.
4. Las Administraciones públicas podrán retirar subvenciones o ayudas a los propietarios privados que no actúen del modo previsto en el apartado 1 de este artículo.
Fuente: LEY 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura.
Apartado de correos nº 47-23790. Porcuna (Jaén)
nombresporcuna@gmail.com