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lunes, 20 de febrero de 2012

José López Casado, "Patas Gordas"

Exhumación de represalaidos en Castro del Rio (Córdoba)
Exhumación de represalaidos en Castro del Rio (Córdoba)



José López Casado, de 54 años, jornalero, natural y vecino de Porcuna, afiliado al partido Socialista, se significó en las manifestaciones y huelgas de carácter revolucionario. Actuó de escopetero durante los primeros días del Movimiento, interviniendo en las detenciones de las personas de orden y saqueo de sus respectivos domicilios. En calidad de miliciano, anduvo por los pueblos de Montoro, El Carpio y Castro del Rio, tomando parte en el asalto al Cuartel de la Guardia Civil de éste último, y dando muerte a uno de los guardias cogido, en una pontanilla de la carretera, llevándose el encartado como trofeo el fusil y correaje de la víctima, vanagloriándose de sus “hazañas” y considerado como un mérito ante los dirigentes marxistas, su participación en dicho asalto. Al regreso de una excursión a los pueblos citados le trajo a su mujer varios ornamentos de Sacerdote, con los cuales se confeccionó prendas de vestir”. (...). El Consejo de Guerra reunido en Jaén el 8 de marzo de 1940, visto el código militar y los bandos de guerra vigentes, “FALLAMOS: Que debemos condenar y condenamos al procesado JOSÉ LÓPEZ CASADO, a la pena de muerte, como autor responsable de un delito de Adhesión a la Rebelión Militar, con las agravantes apreciadas y al pago de las responsabilidades civiles” (sic).


Así de lacónico y contundente, en poco más de quince líneas de mala prosa jurídica, se pronunció el Consejo de Guerra celebrado en Jaén que condenó a un hombre a la pena capital. 

José López Casado fue un viejo militante de la UGT desde 1918, y como él dice, sin negarlo, participó en cuantas huelgas y manifestaciones se dieron en Porcuna por aquellos años, prestando su “apoyo no yendo a trabajar” - nos dice-, pero siempre en “una actitud pacífica”. Que efectivamente, tras el golpe de estado a la República, se “hizo miliciano voluntario prestando servicio de custodia de presos durante cinco días con arma de fuego larga en el castillo de la ciudad”. Tampoco negó en su interrogatorio ante el teniente jurídico José Luís Amador Roldán, que estuviese en “los pueblos de Montoro y Castro del Río en unión de otros milicianos provisto de una escopeta y a las órdenes del F.P (Frente Popular) de Castro del Río prestó servicios de control y otros durante siete días”. “Al regresar de estos pueblos -nos sigue diciendo López Casado - se dedicó a faenas agrícolas”, hasta que al final de diciembre de 1936 abandonó Porcuna, refugiándose en Torredelcampo donde estuvo hasta el final de la guerra dedicado a labores agrícolas.

La denuncia, puesta un 12 de mayo de 1939,  le vino de un excautivo de los llamados “trenes de la muerte”, Florián López Pérez, que ignoramos si fue juzgado y condenado por los Tribunales Populares. Florián, al igual que otros, rápidamente se puso a las órdenes de las nuevas autoridades civiles y militares de Porcuna en abril de 1939. Había que hacer méritos, y de forma rápida. Así, también lo encontramos declarando en contra de Eugenio Castillo López , “Los Santos de Arjona”, y de Antonio Moreno Pérez, “El Polo”, ambos muertos en prisión. De este modo, tras tomar declaración a nuestro denunciante, el Delegado Local de Investigación e Información de Falange, Víctor Funes Pineda, auxiliado por el secretario de la organización, Enrique Barrionuevo, ordenan el ingreso en el depósito municipal de nuestro paisano ugetista, que ni siquiera fue interrogado. No sería hasta el cinco de agosto de aquél año cuando fuese interrogado, como veíamos anteriormente.

El 17 de septiembre el juez instructor de la causa, teniendo en cuenta los informes aportados por las autoridades civiles (Alcalde), políticas (Falange), militares (Guardia Civil), así como, las declaraciones de importantes falangistas del momento y la ratificación del primer denunciante, en su auto de procesamiento considera que los hechos relatados son constitutivos del delito de asesinato y otros, previstos en el Código de Justicia Militar y en el Bando declarativo del estado de Guerra. Interrogado en Porcuna ese mismo día, dice que no participó en ningún desmán cometido en Montoro, El Carpio o Castro del Río; que tampoco tomó parte en el asalto del cuartel de la Guardia Civil de Castro del Río; que no asesinó a ningún guardia civil y le robó su fusil y correaje; y que tampoco es cierto que robase ropas de sacerdote; ni detuviese a ninguna persona. Por el contrario, contesta afirmativamente que fue el manijero del incautado cortijo de Lora por el Frente Popular.

Los testigos de descargo sugeridos por José López, dos terratenientes en ascenso, poco o nada le sirvieron de ayuda a nuestro desdichado paisano. Los dos ratificaron la versión oficial, y los dos dijeron que era “rumor de dominio público”, que dio muerte a un guardia civil en Castro, se trajo su fusil y cartucheras. Además, uno de ellos, dice que hizo guardia en la casa de Tomás Jurado Torres, que “después fue asesinado” (sic).

De esta manera tan ruin se daban por finalizadas las diligencias previas al consejo de guerra sumarísimo y de urgencia que lo condenarían a muerte por haber cometido un asesinato, donde ni siquiera sabemos el nombre del guardia civil asesinado; y donde en ningún momento se pidió informe alguno a las autoridades franquistas de Castro del Río; ni acta de defunción al registro civil correspondiente. De hecho, todo fue un “rumor de dominio público”, cuando en realidad pensamos que fue una fanfarronada que le costó la vida. José López Casado efectivamente estuvo en Castro del Río, provenía de Montoro o quizás de Villa del Río, enrolado posiblemente en las milicias jiennenses de Ignacio Gallego Bezares, líder las recientes creadas Juventudes Socialistas Unificadas, que por aquellos días socorrieron a Castro porque la guardia civil se había sublevado en armas contra la República. Dieron lectura al bando de guerra y tomaron por la fuerza los principales edificios oficiales. ¡La confrontación estaba servida!. El primer muerto en Castro fue un campesino, Francisco Martínez Fernández, acribillado en su misma puerta y delante de su familia. De este modo, como diría Francisco Moreno Gómez, “luchando contra el golpe, se encontraron con la revolución”.

José López Casado no fue asesinado por haber cometido un homicidio, si no por formar parte de una una comunidad campesina organizada, sindicada, reivindicativa, y comprometida socialmente con sus iguales, que luchó contra la prolongación de la jornada de trabajo y por unos salarios reducidos que no le permitían alimentar a su familia; pero, por el contrario, beneficiaba sustancialmente a las clases acomodadas del agro, a aquellas que vieron con buenos ojos el golpe militar. Nunca, y decimos bien, se podrá probar que José López Casado participase en el asesinato de un guardia civil en Castro del Río. El juicio fue una pantomima, un plan preconcebido de exterminio, una vuelta al “status quo” anterior a la Constitución de 1931.

José López Casado, alias “Patas Gordas”, fue ejecutado a las cinco de la mañana del 31 de mayo de 1941 en el cementerio de Jaén. Dirigió el piquete el Eduardo Guerrero Molina. Ese día serían fusilados en Jaén cuarenta personas, siendo arrojados sus cuerpos en la tristemente famosa fosa 702 del cementerio de San Eufrasio. Dejó viuda a Juana Callado Hueso y huérfanos a tres hijos, aunque dependiendo de los documentos  otras veces son solo dos. Su esposa, para más rabia tuvo a dos hermanos condenados a muerte, Alfredo y Luis, socialistas y ugetistas muy combativos, que finalmente les sería rebajada la pena en un grado.

Las penurias de Juana no acabaron con la muerte de su esposo, ya que éste fue sometido a Expediente de Responsabilidades Políticas, o dicho de otra manera, a la incautación de los bienes que tuviese, que no fueron otros que una casa-habitación marcada con el el número 21 de la calle del Yerro, valorada en 4.000 pts. Desgraciadamente su expediente se encuentra incompleto, pero de él se deduce “que el expedientado se halla incurso en responsabilidad política comprendido en el caso a) del artículo 4º de la Ley y que procede su sanción (...)”, por lo que intuimos que fue condenado, una vez fusilado, al pago por su viuda de algún tipo de multa en metálico, según se desprende de las conclusiones del Juez instructor de Martos.

Así escribió la Historia el franquismo.

FUENTES:
- MORENO GÓMEZ, FRANCISCO (2008): 1936: el genocidio franquista en Córdoba. Barcelona, Crítica.
- Archivo Tribunal Militar Togado Territorial Segundo de Sevilla. Expediente sumarímo y de urgencia de José López Casado nº 40.659, legajo 78/3.130. Consultado el 16.02.2012.
- Archivo Histórico Provincial de Jaén. Expediente de Responsabilidades Políticas contra José López Casado nº 285/1944.

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1 comentario:

  1. No era necesario que matara a alguien para que le fusilaran. Los rebeldes aniquilaron muchas vidas para salvar el mínimo obstáculo.
    ¡Sublevados: hijos de puta, maricones, carroñeros!

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